México y el caso DSK

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La reciente detención del director gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI), Dominique Strauss-Kahn (DSK) por una denuncia por agresión sexual e intento de violación a una mucama del hotel en que se hospedaba debe llevarnos a un examen de conciencia sobre los fundamentos de nuestro deplorable sistema de administración de justicia, y sobre si debe haber un régimen de excepción para “los grandes estadistas” en aras de la eficacia.

Para algunos, por tratarse de un líder deben perdonársele sus “pecados” y “debilidades”, aunque haya vulnerado la integridad física de una persona indefensa. Lo importante son los resultados, la razón de Estado, el maquiavelismo. Estaríamos ante la moral del superhombre, de tipo nietzscheano, cuyo comportamiento justifica cualquier acción.

No se trata aquí de visiones entre el mundo anglosajón y el francés, en virtud de lo cual se trataría solo de un choque entre las leyes y la ética estadounidense y la francesa. En el mundo anglosajón, nos dicen, se valora a los funcionarios públicos bajo la óptica de la convicción, según la cual no es solo conveniente, sino también necesario, diseccionar la trayectoria de los políticos desde la cuna, de acuerdo con principios morales o religiosos, como si la vida pública fuera fiel reflejo de la privada. Por el contrario, en Francia, los videos de dsk con esposas provocaron un escándalo mayúsculo: fueron calificados como un espectáculo denigrante y una humillación innecesaria.

Una de las grandes conquistas del Estado liberal –no siempre reflejada en la práctica– ha sido la sujeción de la autoridad a la ley. Ante ella no debe haber excepciones de ningún tipo. Esto es más importante, si cabe, en México. La Constitución mexicana establece la igualdad de todos ante la ley (artículos 1˚ y 4˚) y la prohibición de fueros o títulos nobiliarios en su artículo 13. De manera enfática, este artículo establece: “Nadie puede ser juzgado por leyes privativas o tribunales especiales. Ninguna persona o corporación podrá tener fuero…” Es más, la propia Constitución prohíbe también los monopolios, y exige perseguir con eficacia todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social (artículo 28, segundo párrafo). Aunque en su ley reglamentaria, la Ley Federal de Competencia Económica (lfce) repite la prohibición, no establece ninguna sanción al respecto para hacerla valer.

A pesar de las prohibiciones constitucionales citadas, padecemos un régimen de casi total impunidad: autoridades corruptas; diputados que se enriquecen a costa de las empresas televisoras; gobernantes coludidos con el narcotráfico; empresas que “muerden” para obtener privilegios; en México campea la corrupción, que es la antítesis del Estado de derecho.

A ello contribuye el régimen de responsabilidad de los funcionarios de alto nivel, que no pueden ser juzgados por causas penales mientras duren en el cargo por una protección especial de la Constitución, que exige un desafuero previo por parte del Congreso de la Unión, con una mayoría calificada (artículos 108 a 110 de nuestra Carta Magna).

En México la regla debería ser tolerancia cero. Habría que eliminar la protección especial a los políticos prevista en la Constitución. Los planteamientos en aras de la eficacia son muy peligrosos, y perpetúan el régimen de privilegios que caracteriza a nuestra nación. ~

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