Lord Byron y Tres picos, via Google Maps

¿Vender calles?

¿Desincorporar fracciones de la vía pública? ¿Cuándo, por qué y a beneficio de quién?
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Las calles son consideradas bienes públicos, porque estas se construyen y mantienen con inversiones públicas, financiadas con los impuestos de los contribuyentes. Dependiendo de su diseño y ubicación pueden brindar diversos servicios a entes públicos y/o privados como espacios de:

  1. Convivencia política y social. En las calles se reúnen ciudadanos para intercambiar opiniones, manifestarse, hacer ejercicio y/o divertirse.
  2. Circulación de peatones y medios de transporte públicos y privados.
  3. Espacio de estacionamiento para automotores y bicicletas. 
  4. Prestación de servicios ambientales (en caso de contar con áreas verdes y árboles).
  5. Alojamiento para la extensión de otros servicios públicos y privados, como agua potable, drenaje, luz, telefonía, televisión por cable, internet, etcétera.
  6. Albergar actividades económicas, comercio y publicidad, formales e informales.
  7. En ciertos casos tienen valor de patrimonio histórico-cultural.

La Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del DF faculta al Jefe del Gobierno del Distrito Federal a realizar desincorporaciones de los bienes del dominio público a título oneroso que integran el patrimonio del Distrito Federal (Art. 21 y Art. 34)[1]. No explica las motivaciones de las mismas, y solo las valida  “cuando el  uso, aprovechamiento o estado de conservación no sean ya  adecuados o resulte inconveniente su utilización en el mismo”. Aunque también menciona que las calles son un bien común y por lo tanto son “inalienables, imprescriptibles e inembargables” (Art. 19 y Art. 20).  

El año pasado Marcelo Ebrard firmó por lo menos tres decretos de  desincorporación  “para su posterior enajenación a título oneroso en las mejores condiciones para el Distrito Federal”:

1) La fracción de vía pública ubicada en la calle de Enrique Rébsamen entre Pilares y Miguel Laurent, colonia Del Valle, con 3,698.48 metros cuadrados, se desincorporó  bajo el argumento de que esta calle se encontraba en desuso y solo era utilizada como estacionamiento por los clientes de Comercial Mexicana, empresa a la que se le vendió en 18.4 millones de pesos. Recientemente, y gracias a las protestas de los vecinos, Ezequiel Pineda, del Consejo Ciudadano Delegacional, logró que el GDF rescindiera el contrato de compra-venta de la calle y que esta se quedará en el estado original. 

2) La fracción de vía pública en desuso ubicada en avenida Dr. Manuel Gutiérrez Zavala, entre Av. Chapultepec y Dr. Río de la Loza, Colonia Doctores, con 797.46 metros cuadrados, se desincorporó  bajo el argumento de que la calle estaba enrejada y funcionaba como estacionamiento particular de Televisa desde hace décadas. De ahí que, de acuerdo Guillermo Guzmán, Director General de Patrimonio inmobiliario del DF, venderla generaría recursos de una vialidad que “no operan como tal y no le generan ingresos al gobierno capitalino”.

3) Una fracción de terreno, en forma de pancoupé, entre las calles de Lord Byron y Tres Picos, Colonia Chapultepec Morales, con 25.216 metros cuadrados, desincorporado sin justificación aparente en el decreto.

Tras una visita de campo y sin asegurar nada, parecería que en realidad vendieron esta parte para poder construir un estacionamiento subterráneo. Además, en una parte de la banqueta pusieron infraestructura para usarla como estacionamiento.

Si un bien público se encuentra en desuso, desaprovechado o mal conservado, su desincorporación puede llevarse a cabo legalmente. Se puede enajenar y permitir con ello obtener el máximo beneficio económico posible al  gobierno. Este beneficio gubernamental  debería, a su vez,  resultar en la mejora del bienestar general de la población.  Esto quiere decir que si se decide enajenar una calle, el ingreso generado debería permitir al gobierno poder compensar todos los servicios que esa fracción de vía pública generaría a la sociedad a través de tiempo (corto, mediano y largo plazo) No obstante, en ninguno de los tres casos señalados parece que sucedió esto.

Suponiendo que la desincorporación no persiga generar nuevos beneficio a la sociedad, uno pensaría que por lo menos las fracciones de la vía pública se están enajenando “en las mejores condiciones para el Distrito Federal”, pero en el caso de la calle Rébsamen, el precio fijado para la venta por el Colegio de Peritos Valuadores que contrató la Dirección de Avalúos de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Oficialía Mayor fue de 4,975 pesos por metro cuadrado. Un precio sorprendentemente bajo para una zona cuyos precios por alcanzan los 18 mil pesos por m2. Los 18.4 millones de pesos que pensaba obtener el GDF por esta venta ni siquiera compensaban el valor comercial del suelo en la zona. Ni hablar de que compensara todos los servicios que la calle brindaba y brindará con el tiempo  a la sociedad.

En el caso de la calle de Dr. Zavala, la justificación esgrimida por el Director General de Patrimonio inmobiliario del DF, solo legitimaba a quien tiempo atrás había usurpado un bien público. Una transacción monetaria (de una cantidad que todavía se negocia) no justifica la apropiación de la vía  pública, menos cuándo estos bienes son, supuestamente, “inalienables, imprescriptibles e inembargables”.

En el caso de Rébsamen, una posible  buena solución hubiera sido colocar parquímetros. Con ellos se generarían ingresos estables en el tiempo para el GDF, sin tener que malbaratar el patrimonio público a favor de particulares.  El GDF hubiera evitado desprestigiarse entre los colonos por la toma de acciones unilaterales y hubiera tenido dinero extra para brindar mejores servicios públicos.

En el caso de Dr. Zavala la solución, que debió haberse implementado hace años, era cumplir con la ley: retirar las rejas colocadas por la empresa y recuperar la calle como un bien público. También debieron de haberse colocado parquímetros. 

Ninguna de las desincorporaciones aquí mencionadas parece enfocarse a aumentar el bienestar de la población, generar nuevos servicios, o lograr siquiera  los mejores ingresos de su venta. Estas desincorporaciones apuntan a una política cortoplacista de generación de ingresos para el GDF y de legitimización de situaciones “incomodas” (invasión de calles) para el mismo gobierno.

 


[1]La Ley del Régimen Patrimonial no explica las motivaciones de la desincorporación.  En la Ley Federal se menciona que se podrán desincorporar cuando el  uso, aprovechamiento o estado de conservación no sean ya  adecuados o resulte inconveniente su utilización en el mismo, los cuales podrán ser enajenados.

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Economista. Actualmente labora en el Instituto de Políticas para el Transporte y Desarrollo. En proceso de obtener el grado de maestría en urbanismo por la UNAM.


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