La despenalización del aborto

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Ante el actual debate sobre la despenalización del aborto sería útil recordar, como un antecedente, lo que muchos pensadores de la Iglesia Católica han escrito sobre ese tema.

En los primeros siglos del cristianismo, los Santos Padres tuvieron opiniones divididas entre la aceptación de la “animación inmediata” (el alma informa al feto inmediatamente después de la concepción) y la “animación retardada” (el alma da forma al feto –forma humana, de cuerpo y alma– después de cierto tiempo).

San Agustín (354-430), en su Comentario al Evangelio de San Juan y en el De Anima, sostiene que no se considera homicidio el aborto de un feto aún no formado, y señala la animación del feto en el día 45 después de la concepción. San Buenaventura (1225-1274), In sententias, opina que el aborto es posible “antes de que el feto esté organizado”. San Alberto Magno (1206-1280) sostiene que el alma es infundida por Dios, la del varón a los cuarenta días y la de la mujer a los noventa. (Es bien conocido que el varón se forma más rápido que la mujer.) Santo Tomás de Aquino (1225-1274), en el De Potentia, acepta la animación hasta que el cuerpo esté organizado por “formas sustanciales” anteriores; en su Comentario a las Sentencias sostiene –al igual que San Alberto Magno– que la animación del feto se da a los cuarenta días para el varón y a los noventa para la mujer. Más tarde, el jesuita Luis de Molina (1535-1600) dice que, en la práctica, la Santa Sede admite que el feto sólo después de cincuenta días de concebido tiene un alma racional.

Éstos son sólo ejemplos de muchos autores católicos, aceptados por la Iglesia, que aprueban la posibilidad del aborto si se realizara antes de cierto tiempo (entre cuarenta y noventa días, según el caso). Las opiniones de esos pensadores diferían de quienes sostenían la idea de la animación inmediata del feto, obra –igual que la retardada– directa de Dios.

Sin embargo, en 1917 (hace, por lo tanto, casi un siglo), después de una amplia discusión, en la época del pontificado de León XIII, se estableció la doctrina de la animación siempre inmediata del feto, que es la opinión católica oficial, la de la Santa Sede y la jerarquía, condenatoria del aborto tanto inmediato –muy cercano a la concepción– como retardado. Es la doctrina actual de la Iglesia Católica, basada en el Derecho Canónico de 1917.

En las últimas encíclicas de los papas, de Pío XI y XII en adelante (desde 1930), se da por sentada la condenación del aborto, bajo pena de excomunión. Esto fue confirmado en varias conferencias episcopales de diversos países, desde 1969 (en México, en 1975).

¿Qué podemos concluir?

1. En primer lugar, la despenalización del aborto plantea un problema que, aunque es estrictamente jurídico y moral, debe tomar en consideración razones basadas en la situación actual de la ciencia.

La ciencia establece, como condición mínima para considerar un cigoto hasta cierto punto desarrollado –un óvulo humano fecundado por un espermatozoide humano que ha progresado un tanto en su desarrollo– como una persona humana, el que contenga también cierto desarrollo de la corteza cerebral que pueda hacer posible, en un futuro, el razonamiento y la comunicación con otros hombres. En este sentido, en el nivel metafísico, ese estadio inicial de la corteza del cerebro coincidiría con la “animación retardada” de la tradición aristotélica –que supone la división de la persona entre alma y cuerpo–, e igualmente podría aceptar la teoría darwiniana de la evolución –que supone la transformación del ser humano a partir de manifestaciones vivas de especies anteriores. En este mismo sentido, una concepción científica, por antigua que sea, como la aristotélica, o como la actual en la genética y la de la Teoría de la Evolución, serían compatibles con ciertas ideas morales o religiosas.

2. Es sólo en ese campo (el religioso y no el científico) donde puede plantearse una discusión teológica sobre la animación en el feto (que podría ser inmediata o retardada). Ésta ya no es, pues, una discusión científica sino teológica. Es obvio que la doctrina católica no plantea dudas actualmente sobre la animación inmediata. Pero es la concepción de la animación retardada la que suscitó muchas discusiones. Por esa razón, la Santa Sede, durante siglos, se inclinó por la idea de la animación retardada como condición mínima para la existencia humana. En eso concordaba con los teólogos antiguos que antes recordábamos, y era también congruente con la ciencia entonces conocida. Es lo que sostenían, con convicción casi unánime, los teólogos de la Edad Media.

Es solamente en la época actual, en que la alta jerarquía de la Iglesia emite un fallo, basado en razones religiosas o metafísicas, y consensuado en los Concilios, desde 1930 en adelante, cuando se sostiene la condenación del aborto.

Es claro, en consecuencia, que la despenalización del aborto evoca ideas que, durante siglos, fueron aceptadas por el catolicismo como una base de discusión entre la animación inmediata y la animación retardada. Muchos teólogos serios siguen sosteniendo la doctrina de la animación retardada, en contra de la decisión actual de la alta jerarquía eclesiástica –que muchos fieles aceptan– a favor de la llamada animación inmediata, con base en la cual se condena moral y religiosamente el aborto. ~

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